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Definición
El Banco utilizará como apoyo técnico a los
Operadores de Créditos, para la gestión y realización
de sus operaciones de crédito directo o de primer piso;
el cual esta orientado directamente a los productores agropecuarios.
Los Operadores de Crédito son Personas Naturales o Jurídicas
previamente evaluadas, calificadas y aprobadas por el Banco. Esta
calificación a instituciones o profesionales individuales
buscará primordialmente como cualidades la experiencia
en crédito a pequeñas y micro empresas, la evaluación
y gestión de proyectos agropecuarios y/o gestión
de empresas productoras y el asesoramiento técnico a los
productores agrarios.
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Los Operadores de Créditos tendrán
como funciones principales:
· Identificar actividades y proyectos agropecuarios
rentables, que permitan el desarrollo y genere utilidad al productor
luego de la comercialización, presentando la propuesta
crediticia.
· Promocionar y formar Cadenas Productivas, en la
que intervengan en la participación del proyecto, el productor,
comprador. proveedor de insumos y el Banco.
La elección de los Operadores de Créditos para
la administración del proyecto será por parte
de los productores agropecuarios.
El Banco apoyará en forma permanente a los Operadores
de Créditos, coordinando con el Ministerio de Agricultura,
Universidades, Colegios Profesionales u otras entidades, su
capacitación permanente, manteniendo un Registro de Operadores
de Créditos áptos para ejercer dicha función.
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